PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE CONCIERTOS, REPRESENTACIONES Y ACTIVIDADES CULTURALES EN LA CATEDRAL, EN LA CONCATEDRAL Y EN OTROS TEMPLOS IMPORTANTES DE LA DIÓCESIS
1.- Solicitud al Responsable del Templo:
- Por escrito, con un mes de antelación, se dirigirá solicitud a la Comisión, presentándola en la Sacristía de los templos catedralicios, de las parroquias y santuarios, o en el Obispado, o vía correo electrónico en formato PDF a la dirección: trcoriacaceres@eresmas.com Se debe hacer constar:
- Datos del solicitante (dirección y teléfono), qué se pide, lugar, fecha, hora, etc.
- Tipo de acto a celebrar y programa concreto
- Número de participantes que intervienen y número máximo de asistentes previstos y material a emplear
- Aceptación de las normas establecidas
- En este momento se puede hacer una reserva provisional del día y la hora en la agenda del templo.
2.- Tramitación:
- La Comisión informa la solicitud. Si se van a afectar las instalaciones informa también el responsable del templo, y si debe intervenir el personal de conservación, habrá que presentar un presupuesto y aceptar su coste.
- La Comisión, el Presidente del Cabildo o el Cabildo, o el responsable del templo, en su caso, concede o deniega la petición.
- La decisión se notifica al interesado, a los responsables de los templos (para reservar fecha y hora en firme), y al Organista (cuando se trata de conciertos de órgano)
- La cesión de la Catedral o de la Concatedral o de un templo importante de la diócesis para un acto cultural supone un canon de 250 euros, por evento, para el uso y mantenimiento, y de 150 euros en el caso de otros templos. No se aplicará este canon para eventos organizados por instituciones de la Iglesia ni por instituciones públicas o privadas que tengan vigentes convenios de colaboración con la diócesis en materia de cultura y conservación del patrimonio histórico. En estos casos se ruega una aportación voluntaria para gastos de luz, personal, limpieza, etc.
- Forma de Abono: El pago del importe que se derive de la prestación de estos servicios se efectuará previamente a la celebración del acto concertado, visita o sesión fotográfica, mediante ingreso en la cuenta de CAJA DE EXTREMADURA que se indique, a nombre del Iltmo. Cabildo Catedral de Coria-Cáceres, o de la diócesis, o de la parroquia, en su caso. Así mismo, deberán remitir donde corresponda, copia del ingreso efectuado, indicando el número de identificación fiscal de la persona o entidad, al siguiente número de fax: 927214024.
3.- Ejecución:
- La ejecución material del acto se llevará a cabo en conexión y bajo la dirección del Delegado de Actividades Culturales o de la persona que designe el Iltmo. Cabildo Catedral (en los templos catedralicios), o del responsable del templo, en su caso.
- El templo ha de quedar, al terminar el acto, en perfecto estado de limpieza y orden.
- Ante circunstancia imprevista grave, el Presidente del Cabildo o el responsable del templo se reserva siempre la posibilidad de cambiar o anular la autorización concedida.
CONDICIONES GENERALES
- 1. Se autorizará la celebración, en los templos, de conciertos y otros actos culturales cuyos contenidos o valores sean acordes con su naturaleza y carácter histórico del Monumento y según las normas sobre repertorio expresadas con anterioridad.
- 2. Toda conexión que deba realizarse sobre las instalaciones del templo se harán por el personal autorizado por el Ilmo. Cabildo, por la diócesis o por la parroquia, en su caso, quedando expresamente prohibida la manipulación de cualquier parte de las redes por el personal adscrito a la organización del acto.
- 3. En todo momento los equipos autorizados deberán someterse a los horarios, instrucciones escritas o verbales tanto de carácter técnico como de procedimiento, que le sean impartidas por el personal del templo, acomodándose al normal desarrollo de la visita pública al mismo u otros actos programados, especialmente actos religiosos que se celebraran y los horarios de culto habituales.
- 4. El solicitante se compromete a cuidar y vigilar el correcto comportamiento y respeto al templo por parte de las personas que intervengan en el evento, haciendo respetar escrupulosamente la integridad de todos los elementos ornamentales y arquitectónicos, quedando expresamente prohibidos los anclajes que supongan perforación o deterioro, así como las tensiones o pesos excesivos sobre cualquier elemento.
- 5. Por razones de seguridad el solicitante comunicará por escrito los D.N.I. de todo el equipo participante en la organización del acto que dependerá exclusivamente de quien solicita, esperando bajo su responsabilidad y riesgo, así como el depósito de material, etc., que permanecerán durante la organización del acto en los recintos del templo. También se hará cargo de la seguridad del evento mediante su personal propio, controlando los accesos y las salidas del templo de los asistentes.
- 6. El solicitante de la actividad cultural se compromete a asumir las siguientes responsabilidades: A) Pago de las cantidades establecidas para estos casos; B) Vigilancia y custodia de los bienes o equipos de su propiedad; y C) Abono de las cantidades en concepto de reparación de daños que se puedan producir en los bienes muebles o en el propio inmueble (templo), sean de carácter histórico o no, aceptando la valoración que en su caso presente el Ilmo. Cabildo o la diócesis.
- 7. Las invitaciones y los carteles anunciadores del acto deben ser revisados y consensuado su contenido con la Comisión.
- 8. En toda publicidad del acto -carteles, programas, emisiones de televisión o radio, etc., deberá constar como entidad colaboradora el Obispado, el Cabildo Catedral o la parroquia, en su caso. Al efecto se facilitará a la organización del evento el logotipo que corresponda.
- 9. La emisión en directo, por radio o televisión, de cualquier actividad cultural deberá haber sido autorizada o por el Ilmo. Cabildo o la diócesis, una vez presentadas sobre plano las condiciones técnicas necesarias para su ejecución. El solicitante entregará dos copias de la grabación para el archivo capitular, diocesano o parroquial, en su caso.
- 10. El solicitante acompañará junto con su solicitud, una copia del recibo del Seguro de Responsabilidad Civil por el desempeño de la actividad a realizar en los templos, en vigor a la fecha en la que se desarrollará el acto, o un certificado de su compañía de seguros confirmando que su póliza cubre esta actividad. Este requisito podrá sustituirse por un documento de asunción de responsabilidad en función del proyecto y a discreción del responsable del templo, que podrá ser asesorado al respecto por la DDPC.