
MÚSICA
En las celebraciones de bodas sólo se permitirá la actuación de coros polifónicos o solistas acompañados del órgano de la Concaredral y en los momentos previstos por la Liturgia. No se admitirán otros instrumentos musicales, salvo de cuerda frotada o viento y en ocasiones muy excepcionales y siempre en coordinación con el órgano y los organistas.
Los que deseen la actuación de algún coro polifónico podrán pedir información en la Sacristía de la Concatedral o a los organistas de la misma.
El jueves inmediato a la boda los novios informarán del coro y presentaran el repertorio a interpretar, para su aprobación o revisión, si procede.
Los coros podrán intervenir en los siguientes momentos: Inicio, Señor ten piedad, Aleluya, Santo, Cordero de Dios o Canto de la Paz, Comunión. La entrada de los novios, el Ofertorio y el final se reservarán siempre al órgano.
La Concatedral nene sus organistas propios. El órgano es un instrumento especialmente delicado, que exige un cuidado esmerado y frecuente afinación y mantenimiento. Sólo se permitirá su uso a quien demuestre documentalmente ser organista, profesor de piano o, al menos, perito en su manejo. En las demás ocasiones no se permitirá tocar a personas que lo soliciten. Tienen que comprender las razones.
Los coros se coordinarán con los organistas que, también, revisarán las obras seleccionadas a interpretar. Los organistas tienen el encargo del Cabildo Catedral. En los casos en que los contrayentes soliciten la actuación de algún coro y organista que acompañe, se ajustarán a lo que entre ellos estipulen, sin entrar en el asunto económico el Cabildo, y sin perjuicio de los derechos y aranceles del mismo.